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¿Qué vehículos pueden circular durante las restricciones de tráfico?

¿Qué vehículos pueden circular durante las restricciones de tráfico?

Las restricciones al tráfico en el centro de Valladolid por contaminación vuelven a traer polémica, dadas las molestias ocasionadas a aquellos que requieren circular por el centro de la ciudad en su vehículo.

El Ayuntamiento de Valladolid, en la información que facilita a los ciudadanos, establece que solo podrán circular por el centro, durante las restricciones el transporte colectivo (BUS), escolar, bicicletas, vehículos con tarjeta PMR, emergencias, vehículos de residentes y vehículos que dispongan del distintivo “cero emisiones” y ‘ECO’ establecido por la DGT, de personas con movilidad reducida, servicios esenciales y servicios funerarios.

Pero, ¿cuáles son esos distintivos de ‘cero emisiones’ y ‘ECO’? La DGT ha establecido una serie de pautas para establecer la ‘categoría’ de cada vehículo:

Distintivo Cero emisiones

Etiqueta ambiental Cero Emisiones de color azul y corresponde a: los ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas, turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías que aparezcan clasificados en el Registro de vehículos de la DGT.

También engloba a: los vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

Distintivo ECO

Etiqueta ambiental ECO de color verde y azul, la llevarán los siguientes vehículos: turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías que estén clasificados en el Registro de Vehículos.

Y también corresponde a: los vehículos híbridos enchufables con una autonomía menor a 40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural  (GNC y GNL) o  gas licuado del petróleo (GLP).

Distintivo C

Etiqueta ambiental C de color verde se reparte a los que cumplan los siguientes criterios: turismos y furgonetas ligeras de gasolina que hayan sido matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014.

Por lo tanto, los de gasolina mencionados anteriormente deberán cumplir lo que establece la norma Euro 4, 5 y 6 y en diésel la Euro 6.

Distintivo B

Etiqueta ambiental B para aquellos turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Según lo anterior, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en diésel la Euro 4 y 5.

Resto de vehículos

Todos los turismos gasolina creados antes de 2000 y los diésel antes del 2006. Por otra parte, todos los ciclomotores y motos anteriores al 2003 tampoco les corresponde ningún distintivo ambiental.

Esto se debe a que los anteriores mencionados no cumplen los criterios y requisitos para ser clasificados como vehículos limpios.

Teniendo en cuenta esta calificación, los vehículos con distintivo C y B, además de aquellos que no cumplen los criterios para ser clasificados como vehículos limpios, no tienen permitida la circulación durante las restricciones de tráfico por contaminación según los criterios establecidos por el Ayuntamiento.

FUENTE: NOTICIASCYL